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Granada.- Pide seis años de cárcel para Ávila Rojas por la muerte de un trabajador en una obra de Santa Fe



GRANADA, 10 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía ha solicitado la pena de cárcel de seis años para el constructor José Ávila Rojas por la posible comisión de un delito de imprudencia grave con resultado de muerte y otro contra los derechos de los trabajadores, después de que en el año 2004 un trabajador muriera en una obra suya de Santa Fe (Granada) con "irregularidades" en materia de seguridad.

En su escrito, hecho público hoy, el fiscal pide la misma pena para el promotor al que Ávila Rojas encargó la obra, M.G.B., para quien trabajaba el ahora fallecido. Para ambos acusados pide inhabilitación para el ejercicio de su profesión, además de una multa.

Además, otros tres acusados --aparejador y técnicos-- tendrán que enfrentarse a la petición de dos años de cárcel por la posible comisión de un delito de imprudencia grave con resultado de muerte.

Los hechos ocurrieron el 11 de febrero de 2004, cuando el trabajador se encontraba en un andamio situado en el exterior de la fachada de la obra, en una tercera planta, y perdió el equilibrio precipitándose al vacío. Impactó contra el suelo, por lo que sufrió politraumatismos con especial afectación craneoencefálica, lo que provocó su muerte.

Ávila Rojas conocía, según el escrito, las "irregularidades" en materia de seguridad y salud en el centro de trabajo desde 2003, condiciones que evidenciaban una "falta de coordinación efectiva en materia de seguridad y salud" que dieron lugar a una inspección y la paralización de las obras.

"A pesar de conocer estas circunstancias y consciente del peligro existente para los trabajadores, Ávila Rojas no designó coordinador de seguridad y salud, ni aprobó el Plan de Seguridad hasta un día después del fallecimiento del trabajador". Estas laborales fueron asumidas por los también acusados integrantes de la dirección facultativa.

El andamio presentaba "serias deficiencias", según consta en el relato del fiscal, "careciendo la plataforma de trabajo de barandilla de protección laterales ni de rodapiés, mientras que la frontal estaba sensiblemente vencida hacia el exterior".

Consta además una "mala conservación" de la plataforma de trabajo, además de que los amarres para unir las barandillas estaban hecho con alambre, entre otras cuestiones.

No consta tampoco que por parte de la empresa promotora o constructora, por la dirección facultativa o por el encargado de la obra, se hayan llevado a cabo reconocimiento reglamentario del andamio, no existiendo certificación de reconocimiento de su buen estado y conservación, ni que se hayan corregido por ninguno de los acusados las deficiencias constatadas en el andamio del que se cayó al vacío el fallecido.

Tampoco le consta al fiscal que el fallecido haya recibido formación e información preventivas. El Ministerio Público considera que todos los acusados, cada uno en el ámbito de sus respectivas responsabilidades de dirección, supervisión, ejecución y control de la obra en construcción infringieron sus deberes y obligaciones respecto a la adopción de medidas de protección colectivas.

Asimismo "no proporcionaron los elementos necesarios en condiciones de seguridad suficientes, circunstancias que causaron directamente el accidente mortal sufrido".

La familia del fallecido renunció a ejercer acciones penal y civiles después de llegar a un acuerdo económico en la cuantía de 180.000 euros de indemnización.




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