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Granada - El Ayuntamiento debe contestar a una petición vecinal que demandaba información sobre un botellón
GRANADA, 13 (EUROPA PRESS)
El Ayuntamiento de Granada debe contestar a los vecinos que el pasado mes de marzo solicitaron información sobre un botellón que se realizó entonces, a lo que no dio respuesta el Consistorio, que, según el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Granada, "ha vulnerado" el derecho de petición por "inactividad" y "pasividad".
Según la sentencia, a la que tuvo acceso hoy Europa Press, la juez estima el recurso interpuesto por las asociaciones 'Granada Viva', 'Granada contra el ruido' y la de vecinos del Bajo Albaicín, por quedar acreditada la vulneración del derecho de constitucional de petición, al no dar adecuada tramitación y contestación a la petición de fecha 15 de marzo de 2006 relativa a la celebración de un 'macrobotellón' dos días después.
En su petición, los demandantes pidieron al Consistorio que se pronunciase sobre el consumo de alcohol en la vía pública, la ingesta de éste por menores, la personalidad jurídica de los convocantes o el límite de ruido establecido en la fiesta autorizada por el Ayuntamiento en la Huerta del Rasillo.
Puesto que la Administración "no contestó de ninguna manera ni declarando la inadmisibilidad de la petición, ni admitiéndola a trámite para su posterior resolución", entiende la juez, que actuó con "desprecio" al legítimo interés de los reclamantes que instaban al Ayuntamiento una actuación adecuada al frente de comportamientos que "se venían denunciando, reiterados y flagrantes de vulneración de derechos constitucionalmente protegidos".
El Ayuntamiento, por lo tanto, debe contestar a la petición de los ciudadanos o puede presentar un recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en el plazo de 15 días a partir de la notificación.
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