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Granada - Piden dos años de prisión para dos hombres que se apropiaron de 661.227 euros de dos mercantiles
GRANADA, 7 (EUROPA PRESS)
El fiscal ha solicitado dos años de prisión menor para dos hombres que responden a las iniciales P.T.S. y E.R.M., ambos sin antecedentes penales, que se apropiaron de 661.227,09 euros obtenidos por las ganancias de dos sociedades mercantiles dedicadas a la construcción y venta de edificios que los acusados gestionaban.
Según el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, los acusados, en unión de otras personas, constituyeron en enero y mayo de 1989, respectivamente, las sociedades anónimas Edursan y Petor, cuyo objeto social en ambos casos era la promoción y construcción de sendos edificios sobre solares adquiridos para las sociedades Roquetas de Mar y Almería.
El Ministerio Fiscal expone que desde un primer momento, los accionistas, todos ellos miembros de los consejos de administración, delegaron todas las facultades de administración y gestión de las sociedades en el acusado P.T.S., con la firma de otro de los miembros del mismo, segunda firma que de forma habitual fue asumida por el otro acusado, el cual, de hecho, ejerció las mismas funciones de gestión. Esto fue así al reunir entre los dos en ambas sociedades más del 70 por ciento del capital.
Ambas mercantiles fueron operativas en el cumplimiento de su objeto social, construcción y posterior venta de dos edificios con viviendas, locales comerciales, cocheras y trasteros hasta 1996, ejecutando los dos acusados, de forma exclusiva y en representación de aquellos, todos los actos de administración, gestión y disposición patrimonial necesarios. En el desarrollo de esta actividad, el resto de socios no tuvo participación alguna.
En el relato de los hechos, el fiscal considera que los acusados no rindieron cuentas de ninguno de los ejercicios anuales, ni llevaron los libros exigidos por la legislación mercantil, ni presentaron las cuentas anuales en el Registro Mercantil. Además, tampoco se celebraron Juntas Generales de Accionistas, siendo estas sustituidas por reuniones informales de socios celebradas de forma esporádica.
Así, en el escrito, el Ministerio Fiscal asegura que aprovechando la absoluta libertad y falta de control que disfrutaban en el manejo de las sociedades, ambos acusados actuando de común acuerdo y con compartido ánimo de enriquecerse de forma ilícita, dispusieron en provecho propio del capital social y de los beneficios producidos por las ventas realizadas, de forma que habiéndose generado a 31 de diciembre de 1996 unas ganancias, entre ambas entidades, de 110.018.930 pesetas (661.227,09 euros) una vez deducidas las disposiciones de beneficios realizadas por los distintos socios, tal cantidad no aparece en el patrimonio de sociedades, sin que los acusados hayan justificado suficientemente el empleo o destino de la misma.
Así, el fiscal les considera autores de un delito de apropiación indebida y, además de los dos años de cárcel que para cada uno de ellos solicita, también les impone que indemnicen a las sociedades mercantiles en la parte proporcional de la cantidad de 110.018.930 pesetas, que a cada una corresponda.
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