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Granada - Absuelto un hombre al no estar acreditado que diera la patada que causó ceguera a otro



GRANADA, 4 (EUROPA PRESS)

La Audiencia provincial de Granada ha absuelto a J.C.G.V., al que tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular le imputaban un delito de lesiones por causar la ceguera en un ojo a D.F.A.C., al propinarle una patada en la cara, por no considerar "suficientemente acreditados" los hechos que originaron la denuncia.

Según la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press, el padre de J.C.G.V interpuso una denuncia el 17 de febrero de 2003 contra la madre del agredido por un incidente ocurrido entre ellos dos días antes; tras lo cual la mujer denunció a su vez a Juan Carlos.

En esta última denuncia consta que D.F.A.C. estuvo implicado en un altercado con otros jóvenes que le tiraron al suelo, tras lo cual el ahora absuelto le propinó una patada en la cara, alcanzándole el ojo derecho y causándole la pérdida de la visión.

Sin embargo, aunque el Tribunal considera que D.F.A.C. sufrió ceguera en un ojo, afirma que no se ha acreditado ni cómo se produjo la lesión ni que ésta se la causara el acusado, debido a las "incongruencias" entre los testigos y a las diferentes versiones ofrecidas por el agredido.


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