Granada - El conductor del camión cuyo remolque se soltó y ocasionó un accidente mortal asegura que 'no se dio cuenta'
GRANADA, 11 (EUROPA PRESS)
El conductor del camión cuyo remolque se soltó el 5 diciembre de 1997 en la carretera A-340 que une Estepa (Sevilla) con
Guadix (Granada), concretamente en el kilómetro 149,500, y ocasionó un accidente mortal en el que falleció una joven de 29 años, tras colisionar frontalmente el vehículo que conducía con el semirremolque, aseguró hoy en la celebración de la vista oral que "no se dio cuenta" de que se soltó el remolque que iba vacío.
En su declaración en el Juzgado de lo Penal número 1 de Granada, el acusado, E.M.C.B., empleado de la empresa 'Mensajeros Manises S.L.' desde hacía varios años, explicó que "nunca antes había tenido un accidente" y que la noche en el que ocurrieron los hechos iba "más pendiente de la carretera por delante por la tempestad" que del remolque, dando así explicación a las preguntas del fiscal sobre cómo no se había percatado por los espejos retrovisores de que no llevaba el remolque enganchado.
Según manifestó ante el juez, transcurrieron alrededor de 20 minutos hasta que se dio cuenta, a través de una llamada de teléfono, de lo que sucedió, aunque el modo de actuar fue como el de cualquier otro día "enganché el remolque al camión y le puse las cadenas y el freno", apuntó.
Por su parte, el representante legal de la empresa 'Mensajeros Manises S.L.' acusado también por esta causa aseguró que el camión había pasado la ITV, ya que, según argumentó la defensa durante la vista oral, lo que provocó el fatal accidente fue que se rompió el burlón del camión y no que se soltó el remolque de éste.
Sin embargo, los peritos que declararon ante el juez explicaron que se apreció una "deformación" en la pieza enganchada debido, probablemente, a que el perno estuvo flojo durante un tiempo y se generó un movimiento inadecuado, aunque reconocieron que dicha holgura "normalmente se detecta en la ITV", puesto que si no se inspecciona expresamente es complicado de apreciar.
Respecto a la cadenas, complemento de seguridad que no era obligatorio llevar, los peritos no pudieron acreditar si las llevaba el remolque o no porque, según apuntaron, "no se encontró ese elemento" tras inspeccionar la zona donde ocurrió el accidente, a pesar de que el representante legal de la empresa indicó que estarían puestas.
Por estos hechos el Ministerio Fiscal considera al conductor del camión autor de una delito de imprudencia grave con resultado de muerte por el que solicita para éste la privación del carné de conducir durante un periodo de seis meses, además de una multa de 720 euros y una indemnización.
Por su parte, la acusación particular considera los hechos constitutivos de un delito de homicidio por imprudencia grave, un delito contra los derechos de los trabajadores por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo por parte de la empresa, con resultado de muerte, por lo que pide tanto para el conductor como para el representante legal de la empresa tres años de prisión y la privación del carné de conducir por el mismo periodo para E.M.C.B., así como indemnizaciones por valor de 402.000 euros.
La defensa, sin embargo, solicita la libre absolución de los acusados puesto que considera acreditado que el conductor había adoptado todas las medidas de seguridad con el enganche del vehículo y éste había pasado la ITV. El juicio quedó visto para sentencia.
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