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Granada - Piden cuatro años de cárcel para dos acusados por la muerte de un padre y su hija, intoxicados en una caravana



La Fiscalía solicita además una indemnización de 405.000 euros para la mujer y hermanos de los fallecidos

GRANADA, 13 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía de Granada ha solicitado la pena de cuatro años de prisión para la gerente de la empresa Ber-Mar S.L. --ubicada en la carretera del Palmar, número 557 de Murcia--, M.P.B.M. de 31 años de edad, y para el mecánico de la misma, M.A.M.M. de 26 años, que vendieron la caravana e instalaron en ella la estufa, que ocasionó la muerte, por inhalación de monóxido de carbono, a un padre y su hija el pasado mes de febrero en un camping de Güéjar Sierra (Granada).

Según el escrito de acusación al que tuvo acceso hoy Europa Press, la Fiscalía pide para cada uno de ellos dos años de prisión por cada uno de los dos delitos de homicidio imprudente del artículo 142 del Código Penal, ambos en una relación de "concurso ideal", y establece que la "instalación de la estufa, que ocasionó la muerte, no se llevó a cabo de forma correcta".

Además, el Ministerio Público considera que los acusados deben indemnizar de forma conjunta o solidariamente a la mujer y madre de las víctimas en 120.000 euros, por cada uno de los fallecidos, marido e hija. Asimismo, los tres hermanos de esta última deberán ser indemnizados en 40.000 euros cada uno por la muerte de su padre y 15.000 por la de su hermana. En total, la indemnización para los familiares asciende a 405.000 euros.

Los hechos ocurrieron sobre las 10.45 horas del 6 de febrero de 2005, cuando miembros de la Guardia Civil de Güéjar Sierra tuvieron conocimiento de que en el camping 'Fuente Lobo', en el término municipal granadino de Pinos Genil, se encontraban dos personas fallecidas dentro de una caravana, un padre, A.M.C. de 45 años de edad, y su hija, R.M.S. de seis años.

Tras observar los agentes que un radiador instalado en el interior del vehículo estaba funcionando y después de conocer las primeras manifestaciones de la esposa y madre de los fallecidos, que pudo salir con vida de la caravana, la autoridad judicial acordó, según consta en el escrito, "investigar sobre el lugar y las personas de las que se había adquirido la caravana y sobre la instalación del sistema de calefacción".

Dicha investigación determinó que la caravana donde fueron hallados los cadáveres, una ACE modelo 'Kyoto' fue adquirida de "primera mano en diciembre de 2004 por A.M.C. de la empresa Ber-Mar S.L. y que, de serie, no tenía instalado ningún sistema de calefacción".

Por lo tanto, fue en el propio taller de dicha empresa donde se instaló una estufa marca Trumatic que, "si bien era nueva, fue desinstalada de otra caravana que la traía de serie en 2001".

El mecánico acusado llevó a cabo la instalación de la estufa, por orden de la gerente de ésta, a pesar de que "no tenía ningún tipo de titulación para realizar dichos trabajos, no había instalado antes ninguna y tampoco tenía a su alcance las instrucciones de la misma".

Una vez instalada, y tras comprobar el mecánico que "no olía a nada" --por desconocer cómo se genera el monóxido de carbono y que éste no huele--, la caravana fue entregada para su uso a su propietario, el fallecido A.M.C.

Según el escrito, "la instalación se realizó no observando las normas más elementales de cuidado exigibles al menos cuando se trata de la colocación de un aparato que potencialmente y de hecho fue letal".

El informe pericial determinó que "la instalación no se llevó a cabo de manera correcta, al realizarse con un tubo flexible y no disponer de conducto de evacuación de gases de la combustión". Asimismo, detectó que "la estufa tenía entrada de aire desde el exterior pero la salida de productos de la combustión era dentro de la caravana porque no tenía chimenea de gases de escape".

El informe del Instituto de Toxicología de Sevilla concluyó que dado el nivel de monóxido de carbono que alcanzó la atmósfera a la que estuvieron expuestos los fallecidos, "puede estimarse la intoxicación por monóxido de carbono como causa de la muerte".

Los dos acusados, sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, son "responsables de los hechos como autores", según el relato fiscal que indica no concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.


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