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Huétor Tajar - Condenado a 20 años de prisión el asesino de una mujer en Huétor Tajar



GRANADA, 26 (EUROPA PRESS)

La Audiencia provincial de Granada ha condenado a 20 años de prisión a J.A.C.A. al considerarlo culpable de un delito de asesinato por matar a una mujer tras propinarle una paliza y arrojarla por un barranco con el fin de ocultarla en Huétor Tajar. Además, el tribunal consideró a J.C.F., a quien el fiscal rebajó la petición de 20 a 11 años de cárcel, inductor de un delito de lesiones y no de asesinato, a cinco años de prisión por el citado motivo.

Según la sentencia a la que tuvo acceso hoy Europa Press, el tribunal condena, en el mismo sentido que ya hiciera el jurado popular por este caso, a J.A.C.A. a indemnizar a los herederos de la víctima, Y.J.T., en 150.000 euros, cantidad que de la que habrá que responder solidariamente hasta 70.000 euros el otro acusado. La Audiencia provincial prohíbe también al acusado de asesinato a residir en Loja durante cinco años, una vez que se haya extinguido la condena.

Durante el juicio, que se celebró a primeros de mes, el acusado J.A.C.A. declaró que le propinó una paliza a la víctima porque J.C.F. le conminó a que lo hiciera diciéndole "si quieres seguir consumiendo, ya sabes lo que tienes que hacer" y que aunque en principio se negó al final reconoció que cometió el crimen.

Así, dijo que al día siguiente de esta propuesta fue al polígono de Almanjáyar a por droga y allí vio a Y.J.T. a la que, según sostuvo, conocía "de vista" y con la que durante dos o tres horas tomó drogas, tras lo que la llevó a un paraje de Huétor Tájar, donde la golpeó con una rama de olivo, la arrojó por un barranco y la ocultó bajo unas ramas. J.A.C.A. adujo que lo hizo "porque iba muy mal, muy mal de droga".

El abogado defensor de J.A.C.A. pidió la libre absolución para su defendido y que los hechos se consideren constitutivos de un delito de homicidio imprudente con la eximente completa por estar bajo el efecto de las drogas.

Por su parte, el inductor declaró que no conocía ni a J.A.C.A. ni a la víctima más que "de vista" y que no es un camello ni facilita drogas a nadie, por lo que al abogado defensor solicitó la libre absolución al no quedar acreditado que encargara el asesinato de la mujer.

El fiscal relató en su escrito que J.C.F. le encargó al otro procesado, J.A.C.A., que "le callara la boca" y "le diera una paliza" a la víctima ante el temor de que ésta le inculpara como poseedor de una droga intervenida, por lo que a cambio le prometió que le perdonaría una deuda de 200 euros y le regalaría droga.

Al día siguiente, J.A.C.A. localizó a Y.J.T. en el barrio granadino de Almanjáyar y la invitó a desplazarse a bordo de su vehículo hasta la localidad de Huétor Tajar. Durante el camino, el acusado se desvió por un carril de tierra hasta llegar a un descampado donde cogió una rama de olivo y comenzó a golpear a la víctima en la cabeza.

Posteriormente, la arrastró hasta una acequia y le volvió a golpear la cabeza, esta vez, con una piedra. Cuando la mujer estaba herida grave, J.A.C.A. la arrojó por un barranco con el fin de "ocultarla".

Al día siguiente, el acusado volvió al lugar de los hechos y volvió a ocultar a la víctima, que permanecía aún con vida, aunque gravísimamente herida. Un día después, el 1 de noviembre de 2003, un agricultor, que recogía setas por la zona, la halló en estado de coma y la trasladó al Hospital de Traumatología de Granada, donde falleció dos días más tarde a consecuencia de un infarto isquémico cerebral por traumatismo craneoencefálico.


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