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Granada - Absueltos la mujer, hijastro y cuñado de un empresario acusados de pegarle tras negarse a retirar el divorcio



GRANADA, 17 (EUROPA PRESS)

La Audiencia provincial de Granada ha absuelto a la mujer, el hijastro y un cuñado de un empresario de la costa granadina que fueron juzgados el pasado 22 de abril tras ser acusados de pegarle una paliza al hombre para que desistiera de la demanda de separación matrimonial interpuesta, previamente, de mutuo acuerdo.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso hoy Europa Press, el tribunal absolvió a los tres acusado por "no reputarse suficiente la declaración del empresario, J.L.B., para considerar destruida la presunción de inocencia" que los asiste.

El Ministerio Fiscal había solicitado, en sus conclusiones finales, la pena de 18 años de prisión para la mujer y el hijastro y elevó de cuatro a nueve años la pena para el cuñado por los delitos de lesiones, detención ilegal, extorsión y obstrucción a la Justicia.

Durante la celebración del juicio, la víctima explicó que fue "agredido brutalmente" tras negarse a pedirle a su abogado que desestimara la demanda de divorcio interpuesta de mutuo acuerdo y negó "haber firmado los documentos para pedirle a su mujer una segunda oportunidad". J.L.B. declaró que fue "secuestrado y agredido con una silla" y posteriormente lo trasladaron a otras zonas de la costa.

En su declaración, J.L.B. también insistió en que los acusados le dijeron que "había personas dispuestas a acabar con mi vida por 30.000 ó 40.000 pesetas, si decía algo a la Policía".

Los acusados, mujer, hijastro y cuñado del empresario, por su parte, negaron en todo momento haberle propinado una paliza a J.L.B. La mujer, D.G.C., afirmó, durante la declaración en el juicio, que su marido "salió el jueves al mediodía, 29 de mayo, y no volvió hasta el lunes día 2 de junio" por lo que, según declaró, no estaba en el domicilio que compartían cuando se produjeron los hechos.

El hijastro, acusado --al igual que la mujer-- de delitos de lesiones, detención ilegal, extorsión y obstrucción a la Justicia, manifestó que "las relaciones entre su madre y su padrastro estaban deterioradas" y también negó que la víctima permaneciera en el domicilio familiar los días en que se relatan los hechos.

Asimismo continuó el hijo, "lo llamé el domingo por la noche, después de que mi madre me dijera que habían mantenido una fuerte discusión" y no lo viera en todo el fin de semana.

Además de madre e hijo, también declaró como acusado el hermano de la mujer, A.G.C., que negó los hechos que se le imputaban y afirmó que "no vi a su marido durante esos días".

El tribunal que lo juzgó consideró que la declaración del empresario es "objetivamente inverosímil por su propio contenido" y carece de "lógica". Asimismo, la sentencia recoge "ciertas contradicciones y ambigüedades" en la declaración del marido, que resultan "llamativas".

En este sentido, el tribunal señaló que las llamadas del empresario a su abogado, que en el juicio manifestó fueron a la mujer de éste; la obtención del dinero, que en el juicio dijo no haber conseguido; y el viaje a Cotobro son insuficientes para "destruir la presunción de inocencia de los tres acusados".


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