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Granada - El Ministerio de Justicia inhabilita por tres años al forense condenado por cinco delitos de abusos sexuales
GRANADA, 21 (EUROPA PRESS)
El Ministerio de Justicia ha inhabilitado por tres años para el ejercicio de su profesión a Aurelio H.T., el médico forense de 50 años de edad condenado por cinco delitos de abusos sexuales, en respuesta a la solicitud formulada por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que remitió la sentencia de la Audiencia de Granada al Ministerio para que éste estudiara la conveniencia de incoar expediente disciplinario por falta muy grave.
La resolución administrativa del Ministerio a la que ha tenido acceso Europa Press, se produce después de que la Audiencia levantara la pena de inhabilitación contra el forense, toda vez que la condena de multa impuesta por el juzgado de lo Penal hacía jurídicamente inviable apartarle del ejercicio de la medicina forense. Según fuentes del Ministerio de Justicia, el condenado no podrá ejercer su profesión por un periodo de tres años, "dada la gravedad de los hechos por los que fue condenado".
La Sala de Gobierno tomó la decisión de remitir el caso al Ministerio y no a la Junta, al entender que debía ser esta última administración la que determinara la apertura de expediente disciplinario al pertenecer el condenado al Cuerpo Nacional de Forenses. La propia Delegación de la Consejería de Justicia en Granada instó a la Sala a la adopción de medidas disciplinarias con la mayor celeridad posible ante la alarma social generada por el caso, en el que se personó como acusación particular la Asociación de Víctimas de Mujeres Violadas (Amuvi).
El Juzgado de lo Penal 5 de Granada condenó al forense a una multa de 98.200 euros y cuatro años de inhabilitación, aunque la Audiencia estimó parcialmente el recurso presentado por el acusado y modificó el falló, rebajando la multa a 86.400 euros y retirando la pena de inhabilitación, argumentando que hubo un error al añadir a la pena de multa una suspensión aplicando un artículo que sólo establece la inhabilitación cuando el acusado tiene una estrecha relación de parentesco con la víctima, y ésta sea menor o disminuida.
Los hechos se remontan entre julio de 1999 y diciembre de 2001 cuando cinco mujeres, entre 25 y 35 años y sin relación entre sí, fueron atendidas por el procesado en la Clínica Médico Forense de Granada como consecuencia de haber sufrido sendos accidentes de tráfico.
Según las sentencias condenatorias, el facultativo palpó con ánimo sexual pechos, pezones, glúteos y pubis en los reconocimientos médicos. Las víctimas aseguraron haber recibido tocamientos "con ánimo libidinoso en zonas donde no presentaban lesiones", a pesar de que referían dolores en otras como las cervicales, la nariz o la espalda.
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